Por John Hughes – Activos intangibles, o: ¡Desafíos tangibles!
Documento original: Intangible assets, or: tangible challenges! [7/04/2025]
Es posible apreciar el propósito amplio del IAS 38 Intangible Assets [NIC 38 Activos intangibles] y al mismo tiempo encontrar que inherentemente es bastante peculiar…
Por ejemplo, cualquiera que haya dedicado tiempo a pensar en cómo la cantidad de la consideración del precio de compra puede ser asignada entre, dígase, listas de clientes, derechos de mercadeo, patentes y/o plusvalía apreciará que tales ejercicios a menudo son tanto asuntos de arte, construcción de una narrativa, como de ciencia. En su blog Accounting Miscellany, Peter Clark examinó astutamente el área y sugirió, entre otras cosas, que la definición desactualizada del IAS 38 de un activo debe ser actualizada para reflejar más los cambios recientes a la estructura conceptual, junto con el relevante material de apoyo. Sugirió que esto:
· llevaría a un centro de atención más claro puesto en la identificación de la naturaleza precisa de los derechos que constituyen los diversos tipos de activos intangibles. identificar la naturaleza de esos derechos haría más fácil:
(a) seleccionar el tratamiento contable más apropiado para esos activos.
(b) evaluar las solicitudes para que los estados financieros reconozcan alguna clase más amplia de activos intangibles que (a los ojos de algunas personas) no satisfacen la definición de un activo.
· fomentaría una discusión más exacta del control (que) se centraría en el control de un derecho, no en el control de los beneficios futuros. Esa discusión sería un fundamento útil para discutir las relaciones entre activos y pasivos que producirán beneficios económicos en solo algunos escenarios.
Hace unos años IASB consideró si desarrollar un proyecto para cambiar los criterios de reconocimiento para los activos intangibles identificables adquiridos en una combinación de negocios, señalando entre otras cosas:
· Algunos preparadores y auditores cuestionaron la utilidad de la información acerca de los activos intangibles que sean difíciles de valuar confiablemente, tales como relaciones con clientes y marcas.
· Esos stakeholders dijeron que:
· valuar activos intangibles es complejo, subjetivo y costoso;
· distinguir algunos activos intangibles, tales como marcas y listas de clientes, del resto del negocio es difícil porque hacerlo requiere una asignación arbitraria de los flujos de efectivo; y
· aplicar el criterio de separabilidad a menudo es difícil.
Sin embargo, al final la junta no propuso ningún cambio, señalando, entre otras cosas, que “reducir la proporción de los activos intangibles reconocidos por separado no respondería a los frecuentes pedidos para mejorar la presentación de reportes financieros mediante proporcionar más información acerca de los activos intangibles que son crecientemente importantes en las economías modernas” (lo cual es otra historia) (más recientemente discutieron el área de nuevo, sin decidor sobre la dirección de un proyecto). Así que, siendo ese el caso, y en ausencia de los cambios propuestos por Clark, seguimos adelante como podemos. La Ontario Securities Commission ocasionalmente comentó sobre aspectos del área, por ejemplo, en el reporte anual 2019 de la Corporate Finance Branch:
· Como parte de nuestras revisiones del CD y de los prospectos, en las circunstancias en que un emisor ha adquirido activos intangibles y ha reconocido tales activos dentro de sus estados financieros, podemos solicitar que el emisor proporcione sus análisis tanto cuantitativos como cualitativos que previamente haya preparado o proporcionado a sus auditores para respaldar la probabilidad de los beneficios económicos atribuidos a cada uno de los activos intangibles adquiridos que fluyen hacia el emisor, así como también la asignación del correspondiente precio de compra que el emisor haya hecho a cada uno de los activos con base en tales análisis. Adicionalmente, para las adquisiciones que no involucran consideración de efectivo (i.e. acciones), el personal también puede solicitar al emisor que explique los valores en libros originales de los activos intangibles adquiridos. Finalmente, cuando sea necesario, podemos solicitar que el emisor revele ciertos supuestos de respaldo de los anteriores análisis en orden a proporcionar un entendimiento más claro de cómo los valores asignados a esos activos intangibles fueron determinados por el emisor.
· Esta es un área de resaltado interés para el personal en circunstancias en las que los valores razonables asignados a ciertos activos intangibles a partir de la adquisición por un emisor son sustancialmente más altas que sus respectivos valores en libros originales (e.g., licencias adquiridas, etc.). Este es especialmente el caso para ciertos activos intangibles generados internamente (e.g., marcas, títulos, listas de clientes, etc.), que solo está permitido sean reconocidos como activos a partir de la adquisición por otra entidad.
Sin embargo, es un poco difícil imaginar que los esfuerzos del personal a menudo llevarán a descubrir errores graves (no parece que ello haya ocurrido al menos en los últimos tres años, con base en la lista de “reposiciones y errores” mantenida en el sitio web de la OSC). La referencia a solicitar explicaciones de cómo “las asignaciones del precio de compra se concilian con los valores en libros originales de los activos intangibles adquiridos” es peculiar, como si algo pudiera sacarse de tales “conciliaciones”. Tal y como lo señala el extracto, los valores razonables asignados pueden, además, ser más altos que sus anteriores valores en libros, pero esa es una función del modelo de contabilidad más que (tal y como el extracto parece implicar) un signo de que algo pueda estar mal. Aún así, uno puede quizás entender las preocupaciones en términos amplios, como una expresión de inquietud en un área inusualmente sujeta a supuestos y juicios importantes (que, como se observa, no siempre han sido revelados de manera clara)…
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.