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Por John Hughes – Agregación de segmentos de operación, o: ¡Esto es una locura!
Documento original: Aggregation of operating segments, or: that’s just nuts!
Como parte de sus actividades, la European Securities and Markets Authority (ESMA) organiza un foro de quienes hacen forzoso el cumplimiento, provenientes de 38 diferentes jurisdicciones europeas, todos los cuales llevan a cabo programas de monitoreo y revisión similares a los realizados aquí por los Canadian Securities Administrators. La ESMA recientemente publicó algunos extractos de su base de datos confidencial de decisiones de hacer forzoso el cumplimiento sobre los estados financieros, cubriendo doce casos surgidos en el período desde diciembre 2020 hasta enero 2023, con la intención de ”fortalecer la convergencia supervisora y proporcionarles a emisores y usuarios de los estados financieros información relevante sobre la aplicación apropiada de los IFRS”. No hay manera de saber si son solamente problemas de una sola vez o más difundidos, pero algunos de ellos ciertamente tienen relevancia para materias que de vez en cuando se discuten con las entidades canadienses. Aquí hay uno:
· El emisor es una compañía de confitería. Sus productos están divididos en dos categorías. En su nota sobre la presentación de reportes del segmento, el emisor identificó cinco segmentos de operación: “País A”, “Países B + C”, “País D”, “Países E + F”, y “País G & Internacional”. En su reporte anual 2019, el emisor agregó los cinco segmentos de operación en un segmento reportable y por consiguiente no reveló por separado la información requerida por el IFRS 8 para cada segmento de operación.
· La decisión del emisor de agregar los cinco segmentos de operación en un segmento reportable se basó únicamente en los criterios cualitativos a) – e) que se establecen en el parágrafo 12 del IFRS 8. El emisor consideró que esos criterios se cumplieron, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:
o la naturaleza de los productos de confitería de azúcar y chocolate, pastillas, nueves y chicles era similar, que en conjunto conforman el conjunto de productos de pasabocas para refrigerios fríos económicos entre las comidas principales,
o la naturaleza del proceso de producción era similar y centralmente administrada, facilitando la concentración de las instalaciones de producción y el logro de economías de escala y eficiencia del costo,
o los tipos de clientes para los productos del emisor eran similares. La tradicional segmentación del mercado basada en edad, género, ingresos, etc., es de poca relevancia para el posicionamiento de la marca en el mercado de confitería,
o en todos los mercados principales, el emisor tenía su propia organización de ventas y distribución, y
o el entorno regulatorio para los alimentos era comparable a través de los mercados del emisor y, por consiguiente, no fue un criterio relevante para el emisor.
· Si bien el margen bruto promedio de largo plazo en cada segmento de operación se diferenció hasta aproximadamente el 20%, el margen del EBIT se diferenció hasta aproximadamente el 15% y el volumen de ventas netas se diferenció hasta aproximadamente 115 MEUR (que fue material para el emisor). El emisor estuvo en desacuerdo con el requerimiento del parágrafo 12 de que los segmentos agregados deberían tener características económicas similares.
· En este sentido, el emisor consideró que el criterio cuantitativo relacionado con el margen bruto promedio no era relevante para este tipo de negocios porque este indicador para cada uno de los segmentos de operación fue impactado por la mezcla de las categorías de productos del emisor.
Quien hace forzoso el cumplimiento (tal y como al ESMA le gusta que le denominen) concluyó que la agregación que el emisor hizo de los segmentos de operación no dio satisfacción a los requerimientos del IFRS 8, y requirió que el emisor presente varios segmentos en su nota de información del segmento dentro de los estados financieros (el reporte no especifica si esto significa todos los cinco segmentos, o si la agregación era aceptada para algunos de ellos). Como recordatorio, el parágrafo citado del IFRS 8 dice que dos o más segmentos de operación pueden ser agregados en un solo segmento de operación “si la agregación es consistente con el principio central de este IFRS” (esto es, revelar información que les permita a los usuarios evaluar la naturaleza y los efectos financieros de las actividades de negocio en las cuales la entidad participa y los entornos económicos en los cuales opera), si los segmentos tienen características económicas similares, y si son similares en los cinco aspectos “cualitativos” abordados arriba. Para algunos puede ser tentador pensar que las palabras acerca de “características económicas similares” son solo ruido, y que, si dos segmentos son suficientemente similares en cada uno de los cinco aspectos, se sigue que la agregación sería apropiada. Pero, por el contrario, si bien la naturaleza de los productos ofrecidos por dos segmentos puede parecer “similar” en algunos aspectos generales, el hecho de que ellos tengan (dígase) márgenes brutos recurrentemente diferentes hablaría más alto de su carácter económico distintivo.
El ejemplo ilustra qué tan maleables son los criterios cualitativos: por ejemplo, una barra de chocolate y una bolsa de nueces pueden ser similares en algún sentido de pasaboca de refrigerio rápido, pero no en todos los otros (si a usted se le antoja una barra de Mars, una bolsa de maní sin sal probablemente no sería suficiente). De cualquier modo, señalaré el mismo punto que he mencionado antes, que más que en molestarse en salvar a tales compañías de su propia excentricidad, algunas veces pienso que quien hace forzoso el cumplimiento debe ofrecerle a la entidad una alternativa, de continuar omitiendo la revelación, mientras que de manera destacada y frecuente les recuerde a los usuarios quiénes lo han hecho. Si los usuarios realmente no consideran que la información sea relevante, entonces no se produciría ningún daño. O, por otra parte, ellos tienen que responder de una manera que le de a la compañía algo en qué pensar, buscando en otras partes oportunidades de inversión más transparentes y más dulces…
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.