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Por John Hughes – Enmiendas propuestas al IAS 37: ¡Veamos de nuevo los gravámenes!
Documento original: Proposed amendments to IAS 37: let’s look at levies again! [19/12/2024]
Tal y como abordamos aquí, IASB ha emitido Provisions – Targeted Improvements, [Provisiones – Mejoramientos específicos], el borrador para discusión pública de las enmiendas propuestas al IAS 37 [NIC 37].
Ud. recordará que una provisión es “un pasivo de oportunidad o cantidad incierta” y según el IAS 37 en su forma actual es reconocido cuando la entidad tiene una obligación presente (legal o constructiva) como resultado de un evento pasado, es probable que un flujo de salida de recursos que conllevan beneficios económicos será requerido para liquidar la obligación, y puede hacerse un estimado confiable de la cantidad de la obligación. El borrador para discusión pública propone establecer que el criterio de “obligación presente” comprenda tres condiciones: una condición de obligación (la entidad tiene una obligación); una condición de transferencia (la naturaleza de la obligación de la entidad es transferir un recurso económico); y una condición de evento-pasado (la obligación de la entidad es una obligación presente que existe como resultado de un evento parece). Esto parece que proporcione una base muy-mejorada para analizar patrones de hechos no-familiares y complejos.
Uno de los aspectos más polémicos del IAS 37 en los últimos años fue la manera como se generó la interpretación IFRIC 21 Gravámenes. Esto llevó a que algunas entidades cambiaran su contabilidad para los pasivos tales como impuestos a la propiedad, para reconocer el pasivo en una sola cantidad, más que hacerlo de manera proporcional durante el año, tal y como lo había estado haciendo desde siempre. Tal y como en ese momento escribí aquí:
La IFRIC 21 cae en una de las trampas más irritantes y dañinas para la reputación de la emisión del estándar: reabre toda una categoría de prácticas establecidas con las cuales todo estaban contentos, y que no había ninguna necesidad racional de reexaminar. En Canadá, en particular, afecta la contabilidad de los impuestos a la propiedad… Pero luego surge un problema, tal y como se expresa en un reciente reporte de reunión del IFRS Discussion Group: “la legislación canadiense relevante a menudo de alguna manera es ambigua en cuanto a cuál es el evento originador de los impuestos a la propiedad y en qué punto puede volverse inevitable. La legislación también varía de un lugar a otro dentro de Canadá…”
Tal y como se expresa en las bases para las conclusiones del actual borrador para discusión pública:
La IFRIC 21 ha sido ampliamente criticada por inversionistas, preparadores y auditores de estados financieros, así como por emisores del estándar nacional. Resulta en que las entidades reconozcan algunos gravámenes periódicos recurrentes en un solo punto en el tiempo al final del período en que se cargan, o incluso después del final de ese período. Stakeholders han expresado preocupación acerca de este resultado porque, de acuerdo con su punto de vista, la sustancia del gravamen recurrente es que la entidad está pagando para operar durante un período, y esta sustancia sería más fielmente representada si las entidades reconocen el gasto sistemáticamente durante ese período. Stakeholders también han observado que los requerimientos contenidos en la IFRIC 21 son inconsistentes con requerimientos contenidos en los Estándares IFRS de Contabilidad para otros tipos de costos que son originados solo cuando la entidad realiza la última de dos o más acciones específicas – por ejemplo, los requerimientos contenidos en el IFRS 2 Pago basado-en-acciones e IAS 19 Beneficios para empleados.
La buena noticia es que el borrador para discusión pública propone eliminar la IFRIC 21 y reemplazarla en parte con explicación ampliada contenida en el cuerpo del estándar, aclarando entre otras cosas que “En (una situación donde) una entidad tiene una obligación para transferir un recurso económico solo si una medida de su actividad en el período (el período de valoración) excede un umbral específico… la acción que satisface la condición de evento pasado es la actividad que contribuye a la actividad total en la cual la cantidad de la transferencia es valorada. En cualquier fecha dentro del período de valoración, la obligación presente es una porción del total de la obligación esperada para el período de valoración”. Esto sería complementado mediante ejemplos ilustrativos que aborden más sistemáticamente la contabilidad para los gravámenes, con referencia al concepto ampliado de una obligación presente. Pero la no-tan-buena noticia relacionada es que las compañías afectadas tendrán que pasar por todo el asunto de nuevo:
Los requerimientos propuestos cambiarían la oportunidad del reconocimiento de algunas provisiones. La oportunidad cambiaría para la transferencia de recursos económicos que es requerida solo si la entidad realiza dos o más acciones separadas. Actualmente, la entidad que aplica el parágrafo 19 del IAS 37, tal y como es interpretado por la IFRIC 21, es considerada que ha satisfecho la condición de evento-pasado solo cuando ha realizado la última de las acciones requeridas, originando por lo tanto la transferencia. En contraste, la entidad que aplique los requerimientos propuestos sería considerada como que ha satisfecho la condición de evento-pasado tan pronto como haya realizado cualquiera de las acciones y si no tenía capacidad práctica para evitar las acciones restantes. Asumiendo que los otros criterios se satisfacen, la última entidad puede reconocer una provisión más temprano y puede causar esa provisión progresivamente en lugar de reconocerla en un punto en el tiempo. La intención de los requerimientos propuestos es proporcionar información más útil para los inversionistas…
Recordando un poco las observaciones hechas aquí recientemente en el contexto del IFRS 18, parece desafortunado que algunas compañías tendrán que reexaminar las determinaciones de contabilidad hechas relativamente recientemente, el resultado de lo cual tiene poco o ningún beneficio para la organización misma (no parece que haya mucho interés de retraerme de mi uso anterior de la palabra “error” en relación con la IFRIC 21). Aún así, ese puede ser el precio necesario para poner la contabilidad en esta área en una base más firme para el futuro…
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.