Bienvenido al Samuel’Newsletter. Gracias a los nuevos suscriptores que se están vinculando cada semana. Seguimos progresando. Estoy activando mi blog SamuelMantilla.com, para que el lector pueda escoger según sus preferencias.
Siéntase cómodo de comentar los distintos artículos y reenviárselos a sus amigos y relacionados.
Por John Hughes – Intercambio de activos no-monetarios, o: ¡Ud. está fuera de juego!
Documento original: Exchanging non-monetary assets, or: you’re offside!
Como parte de sus actividades. La European Securities and Markets Authority (ESMA) organiza un foro de quienes hacen forzoso el cumplimiento, provenientes de 38 diferentes jurisdicciones europeas, todos los cuales llevan a cabo programas de monitoreo y revisión similares a los realizados aquí por los Canadian Securities Administrators. ESMA recientemente publicó algunos extractos de su base de datos confidencial de decisiones que hacen forzoso el cumplimiento sobre los estados financieros, cubriendo doce casos surgidos en el período desde diciembre 2020 hasta enero 2023, con la intención de “fortalecer la convergencia supervisora y proporcionar a emisores y usuarios de los estados financieros con información relevante sobre la aplicación apropiada de los IFRS”. No hay manera de conocer si son problemas de solo-una-vez o más difundidos, pero algunos de ellos ciertamente tienen alguna relevancia para materias que de vez en cuando se discuten dentro de las entidades canadienses. Aquí hay uno:
El emisor es un club de fútbol. En junio 2021, el emisor adquirió derechos de registro para dos jugadores del Football Club A por 12 MEUR y 3 MEUR (15 MEUR en total) y reconoció esos derechos como activos intangibles según el IAS 38. Al mismo tiempo, el emisor vendió derechos de registro por otros dos jugadores al Football Club A, por 11 MEUR y 4 MEUR (15 MEUR en total). Las transacciones fueron ejecutadas con base en cuatro contratos legales separados fechados el 30 de junio de 2021. [MEUR = Millones de euros].
Con la venta de los derechos de registro, el emisor reconoció ganancias netas de 11 MEUR y 4 MEUR (15 MEUR en total) ya que los jugadores, a quienes se referían los derechos relacionados, eran “de la cantera” de la academia del emisor y sus derechos de registro fueron medidos a cero. Esto representó un 20% del total de las ganancias netas en la disposición de los derechos de registro y el 43% de la utilidad del emisor para el año financiero.
Los derechos de registro adquiridos por el emisor fueron reconocidos en sus estados financieros a 15 MEUR, si bien, antes de su disposición, fueron reconocidos a cero en los estados financieros del Football Club A dado que también eran jugadores de la academia.
El emisor explicó que las ganancias en la disposición de los derechos de registros fueron reconocidas de acuerdo con el IFRS 15 dado que todos los riesgos y recompensas inherentes a los derechos fueron sustancialmente transferidos. El emisor consideró que cada contrato debe ser analizado como una unidad de cuenta separada dado que se esperaba que los jugadores tuvieran diferentes impactos en el desempeño deportivo de los equipos y, muy probablemente, en el futuro tendrían diferentes valores de transferencia.
Según la opinión del emisor, las cuatro transacciones eran independientes unas de otras y, por consiguiente, no constituyen un intercambio de activos. De acuerdo con el emisor, las negociaciones fueron realizadas independientemente unas de otras, los valores acordados de la transacción fueron determinados independientemente y basados en la valuación de los activos según fue considerado apropiado por las partes.
En respuesta a la solicitud de quien hace forzoso el cumplimiento para proporcionar racionalidad y evidencia de respaldo para el valor de transacción de cada jugador, el emisor presentó un “reporte de exploración” interno respaldando la decisión de adquisición. El reporte de una página contenía solo una evaluación cualitativa de los jugadores, incluyendo una descripción de las características deportivas clave y un marcador cualitativo global (e.g., “AB” o “AB+”). El emisor confirmó que los dos jugadores adquiridos actualmente estaban jugando en el segundo equipo del emisor (equipo B), similar a su situación anterior en el Football Club A.
Quien hace forzoso el cumplimiento entendió que las ganancias reconocidas por el emisor eran de particular importancia para que el emisor cumpla con las regulaciones de la UEFA en relación con el juego financiero limpio, particularmente teniendo en cuenta su frágil situación financiera, dado que su patrimonio era negativo al 30 de junio de 2021.
Quien hace forzoso el cumplimiento (tal y como a ESMA le gusta que le denominen) concluyó que los cuatro contratos legales separados entre el emisor y el Football Club A deberían haber sido examinados en su conjunto para asegurar que los estados financieros representaban fielmente la sustancia de las transacciones; basó esta conclusión en que los hechos de las fechas, contrapartes y cantidades involucradas eran todos los mismos, sin flujos de entrada o salida de efectivo. Quien hace forzoso el cumplimiento también concluyó que el valor razonable de los activos recibidos por el emisor y los activos dados no podrían ser confiablemente medidos: el emisor no pudo proporcionar evidencia de respaldo que demostrara el uso de una metodología estructurada para calcular el valor razonable de los derechos; ni quien hace forzoso el cumplimiento ni el emisor podrían identificar transacciones de los derechos de registro para jugadores con características similares dentro de este rango de cantidades; y el sitio web que proporciona información sobre el mercado de transferencia de jugadores, comúnmente usado por la industria, no respaldó las valuaciones del emisor (si bien también fallando en proporcionar evidencia para cualquier estimado alternativo confiable). Teniendo todo eso en cuenta, el emisor debe haber medido los derechos de registro adquiridos al valor en libros de los activos dados (i.e., a cero), sin reconocimiento de ganancia en utilidad o pérdida.
Para alguna perspectiva sobre esto, puedo acercarme a Ud. y sugerirle intercambiar mis dos gatos ancianos, quienes adquirí por nada, pero no obstante hoy los valoro como que valen medio millón de dólares cada uno, por su viejo perro que, por lo tanto, tiene que valer un millón de dólares, y de acuerdo con ello puede ser ingresado en mi balance general, junto con una ganancia de un millón de dólares. ¡Sólo dígame que estoy equivocado!
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.