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Por John Hughes – Mejoramientos al IAS 37, o: despejando el humo
Documento original: Improvements to IAS 37, or: clearing the smoke [4-12-2024]
IASB ha emitido Provisions – Targeted Improvements, [Provisiones – Mejoramientos específicos], el borrador para discusión pública de las enmiendas propuestas al IAS 37.
Ud. recordará que una provisión es “un pasivo de oportunidad o cantidad incierta” y según el IAS 37 en su forma actual es reconocido cuando la entidad tiene una obligación presente (legal o constructiva) como resultado de un evento pasado, es probable que un flujo de salida de recursos que conllevan beneficios económicos será requerido para liquidar la obligación, y se puede hacer un estimado confiable de la cantidad de la obligación. El principal centro de atención del borrador para discusión está en el primero de esos criterios. Las bases para las conclusiones expresan algo del pensamiento subyacente:
Los parágrafos 17-22 del IAS 37 identifican dos condiciones dentro del criterio de reconocimiento de la obligación presente: (a) una condición de obligación – existe un mecanismo, por ejemplo, una ley o una política que la entidad haya publicado, que impone responsabilidad sobre la entidad y no deja a la entidad alternativa realista a descargar esas responsabilidades si ocurre un evento específico; y (b) la condición del evento-pasado – el evento específico ha ocurrido y en consecuencia la obligación es una obligación presente.
Las condiciones de obligación y del evento-pasado son distintas – la condición de la obligación se relaciona con la fortaleza del mecanismo que requiere que la entidad liquide una obligación presente una vez que haya surgido, mientras que la condición de evento-pasado se relaciona con la oportunidad del evento que da origen a la obligación presente. Sin embargo, si bien las condiciones de obligación y de evento-pasado son distintas, el IAS 37 no las identifica por separado. En lugar de ello, las combina en un solo requerimiento para un ‘evento que obliga’, el cual el parágrafo 10 en el IAS 37 define como ‘un evento que crea una obligación legal o constructiva que resulta en que la entidad no tenga alternativa realista a liquidar esa obligación’ …
Surgen problemas de aplicación porque no está claro a cuál condición se refiere una explicación, de manera que la explicación de una condición puede parecer que aplique a la otra condición. Por ejemplo, el parágrafo 19 del IAS 37 se refiere a que una entidad no tiene obligación presente si puede evitar el desembolso futuro mediante sus acciones futuras. No está claro si esta referencia aplica a acciones que la entidad podría tomar para evitar crear una obligación presente (la condición de evento-pasado) o a las acciones que podría tomar para evitar liquidar la obligación (la condición de la obligación).
En consecuencia, el borrador para discusión pública propone establecer que el criterio de la “obligación presente” comprende tres condiciones: una condición de obligación (la entidad tiene una obligación); una condición de transferencia (la naturaleza de la obligación de la entidad es transferir un recurso económico); y una condición de evento-pasado (la obligación de la entidad es una obligación presente que existe como resultado de un evento pasado). El resultado de esto puede ser mejor ilustrado, para nuestros propósitos aquí resumidos, con referencia a los ejemplos ilustrativos del estándar, el cual en su forma actual de larga data son en su mayoría muy breves y de alguna manera crípticos. Tome el ejemplo 6, relacionado con una entidad que según nueva legislación está requerida a instalar filtros de humo en sus fábricas para junio 30, 20X1, pero no lo ha hecho, y por consiguiente está sujeta a multas. El IAS 37 actualmente barre la contabilidad a diciembre 31, 20X10 con una sola frase: “No hay obligación porque no hay evento obligante ni por los costos de instalar los filtros de humo ni por las multas previstas en la legislación”.
El borrador para discusión pública, en contraste, propone plantear el escenario de manera más completa y analizar la situación más sistemática y completa con referencia a las tres condiciones:
La condición de obligación se satisface: la legislación impone responsabilidades a la entidad si produce humo después de junio 30, 20X1. La entidad debe esas responsabilidades al gobierno, que actúa a nombre de los trabajadores de la fábrica. La entidad no tiene capacidad práctica para evitar descargar sus responsabilidades si produce humo después de junio 30, 20X1.
La condición de transferencia no se satisface para los filtros de humo a esa fecha: es una obligación para intercambiar recursos económicos, no una obligación para transferir un recurso económico. Al comprar e instalar los filtros, la entidad pagará efectivo y a cambio recibirá propiedad, planta y equipo. Sin embargo, la condición de transferencia se satisface para las multas: es una obligación que tiene el potencial para requerir que la entidad pague efectivo.
La condición de evento pasado tampoco se satisface en esa fecha: la entidad todavía no ha realizado la acción (producir humo subsiguiente a junio 30, 20X1) como consecuencia de lo cual tendrá que instalar filtros de humo o sino pagar multas. También, la entidad todavía no ha obtenido los beneficios económicos (los filtros de humo) como consecuencia de lo cual tendrá que pagar por los filtros.
A primera vista esto parece proporcionar una base muy-mejorada para analizar patrones de hechos no familiares y complejos. El período para comentarios sobre el borrador para discusión pública está abierto hasta marzo 12, 2025 – volveremos a abordarlo entre ahora y esa fecha.
Las opiniones expresadas son solamente las del autor.
Esta traducción no ha sido revisada ni aprobada por el autor.