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Por Samuel Mantilla - Progresismo contable, ¡Y se preguntan por qué los jóvenes no quieren estudiar contaduría!
Una profesión que era pragmática y fue exitosa como tal, la están volviendo progresista para que el éxito sea de otros profesionales, no de los contadores profesionales.
Primero, los estándares internacionales (Calidad) los redujeron a normas internacionales (Cumplimiento).
Después, dejaron la implementación de las normas a decisión de las autoridades de cada jurisdicción.
Ahora, para la presentación de reportes y el aseguramiento de la sostenibilidad NO se necesita ser contador profesional, puede serlo cualquier profesional: no importan los antecedentes [backgrounds] profesionales[1]. El Código de Ética de IESBA para Contadores Profesionales cede su lugar a un nuevo y no explicado enfoque ético consistente dirigido a todos los negocios y organizaciones.
Si cualquiera puede ejercer, ¿para qué estudiar y certificarse como contador profesional?
El progresismo contable está siendo introducido con el mejor estilo progresista: de manera soterrada, a sabiendas de que las mayorías solo leen los titulares publicitarios y cuando reaccionan es tarde porque ya están afianzadas las nuevas prácticas.
En lo que sigue se muestran tres esfuerzos que, escudados en lo técnico, están afianzando el progresismo contable. Dos de IAASB (Un nuevo estándar para las auditorías de entidades menos complejas y Propuesto International Standard on Sustainability Assurance 5000) y otro de IESBA (Consideraciones éticas en la presentación de reportes y aseguramiento de la sostenibilidad). En el futuro se esperan más y será importante estar atentos a ellos.
IAASB: Un nuevo estándar para las auditorías de entidades menos complejas
La International Auditing and Assurance Standards Board (IAASB) ha emitido el estándar para las auditorías de entidades menos complejas y su traducción al español está siendo bastante promocionada. Consideran es un hito que constituye un ‘punto de inflexión’ [‘cambiador del juego´] para el mundo de la contabilidad.
En este blog he publicado varios comentarios míos sobre este nuevo estándar, siendo el más reciente el titulado ¿Entidades menos complejas = negocios más pequeños y menos complejos? ¡Que lo decidan las jurisdicciones, las firmas o, en últimas, los equipos del compromiso!
El aporte más progresista, que cambia el juego, de este nuevo estándar es el parágrafo A.4 que aquí reproduzco con mis comentarios incluidos en mi artículo que acabo de mencionar [Traducción de SAMantilla]:
Responsabilidades de las autoridades legislativas o regulatorias o de los organismos locales pertinentes
Las decisiones acerca del uso requerido o permitido de los estándares/normas internacionales de IAASB (que incluyen los Estándares/Normas internacionales de auditoría y el ISA/NIA para LCE/EMC) recae en las autoridades legislativas o regulatorias o en los organismos locales pertinentes con autoridad para la emisión-del-estándar (tales como reguladores u organismos de vigilancia, emisores del estándar de auditoría jurisdiccional/nacional, organizaciones de contadores profesionales u otros según sea apropiado) en las jurisdicciones individuales.
Como parte del proceso local de adopción e implementación, se anticipa que las autoridades legislativas o regulatorias o los organismos locales pertinentes con autoridad de emisión-del-estándar:
· Pueden adicionar o modificar las clases de entidades contenidas en el parágrafo A.1.(c) tal y como se establece en el parágrafo A.2.
· Determinan los umbrales cuantitativos que se describen en el parágrafo A.4.
Al hacerlo, las prohibiciones específicas y las características cualitativas deben ser consideradas, así como también otras necesidades específicas que puedan ser relevantes en la jurisdicción.
Si bien está claro que este traslado de responsabilidades se refiere expresamente a la determinación de qué se entiende por entidad menos compleja en cada jurisdicción (teniendo en cuenta las prohibiciones específicas y las características cualitativas), debe resaltarse que se abre la puerta para que tales autoridades realicen otros cambios teniendo en cuenta otras necesidades específicas que puedan ser relevantes en la jurisdicción.
Como las autoridades legislativas o regulatorias, los organismos locales pertinentes, los reguladores u organismos de vigilancia, los emisores del estándar de auditoría jurisdiccional/nacional, y las organizaciones de contadores profesionales son de naturaleza política, IAASB les entrega a los políticos sus responsabilidades. Los elementos técnicos quedan subordinados a las decisiones políticas. A partir de ahora, entonces, ¿se justifica la existencia de IAASB?
Téngase bien claro: la decisión de las distintas jurisdicciones no es únicamente si adoptar o no el estándar, según citan al IAASB Chair Tom Seidenstein:
Sino el poder realizar otros cambios teniendo en cuenta otras necesidades específicas que puedan ser relevantes en la jurisdicción.
Con el agravante de que esta decisión de IAASB no aplica solo al ISA/NIA para LCE/EMC sino para todos los ISA/NIA.
¡Una redacción claramente progresista que las mayorías no leen, pero se comprometen a implementar!
IAASB: Propuesto International Standard on Sustainability Assurance 5000
El propuesto International Standard on Sustainability Assurance 5000 [Estándar/Norma internacional sobre aseguramiento de la sostenibilidad 5000] lo resumí y comenté en mi artículo titulado Aseguramiento y capacidad. ¿La profesión contable realmente está en capacidad de hacer un aseguramiento eficaz (de la sostenibilidad) sin hacer una auditoría efectiva (de los estados financieros)?
Es una propuesta que privilegia los intereses de mercado de la profesión (‘acceder a la prestación de servicios de aseguramiento de la sostenibilidad’) sin un compromiso serio por solucionar los problemas relacionados con la calidad de la auditoría de los estados financieros.
En función de ello, reconocen que es un estándar agnóstico de la profesión [profession agnostic], que:
Respalda su uso por parte de los profesionales del aseguramiento, sean estos contadores profesionales o no-contadores.
Pretenden que sea un estándar comprensivo/integral, independiente, para cualesquiera compromisos de aseguramiento de la sostenibilidad.
Aplicará a la información de la sostenibilidad reportada a través de cualquier tema de sostenibilidad y preparada según múltiples estructuras, incluyendo los recientemente emitidos Estándares IFRS/NIIF de Revelación de la Sostenibilidad S1 y S2.
El agnosticismo, tal como lo define el diccionario de la Real Academia Española (RAE), es una "actitud filosófica que declara inaccesible al entendimiento humano todo conocimiento de lo divino y de lo que trasciende de la experiencia".
Ser agnóstico no necesariamente significa ser independiente porque asume, de hecho, una postura (tal y como ocurre con el escepticismo) que no es pragmática, pero que favorece los intereses progresistas:
Abre el abanico de los profesionales del aseguramiento (contadores profesionales y no-contadores), y pretende que los otros profesionales (no-contadores) se van a acoger al mismo.
Sobre todo, en los temas del aseguramiento liderados por biólogos, físicos, químicos, ingenieros, ambientalistas, abogados… a los cuales contadores y auditores estamos llegando tarde.
¿Qué dirán los no-contadores sobre esta propuesta? ¿Se someterán a este estándar?
Es claro que para acceder a un mercado específico (aseguramiento de la sostenibilidad) se entrega el mercado conquistado (servicios profesionales de los contadores).
IESBA: Consideraciones éticas en la presentación de reportes y aseguramiento de la sostenibilidad
IESBA (International Ethics Standards Board for Accountants) no podía quedarse atrás en su aporte al progresismo contable.
Publicó la edición 2023 del IESBA Handbook of the International Code of Ethics for Professional Accountants, que incluye los estándares internacionales de independencia, establece los principios fundamentales de la ética para los contadores profesionales reflejando el reconocimiento de la profesión de su responsabilidad de interés público y también proporciona una estructura/marco conceptual para identificar, evaluar y abordar las amenazas al cumplimiento con los principios del Código, y cuando sea aplicable, a la independencia.
Su página web muestra ahora una orientación muy diferente:
“La International Ethics Standards Board for Accountants® (IESBA®) establece estándares internacionales de alta calidad de ética (incluyendo independencia) como la piedra angular para el comportamiento ético en los negocios y las organizaciones y para la confianza del público en la información financiera y no-financiera que es fundamental para el adecuado funcionamiento y la sostenibilidad de las organizaciones, los mercados financieros, y las economías en todo el mundo” [Traducción de SAMantilla].
¿Se da cuenta Ud. que IESBA ya no es para la ética de los contadores profesionales sino para un conjunto mucho más amplio?
El 29 de enero de 2024 lanzó una consulta pública sobre un nuevo referente ético para la presentación de reportes y el aseguramiento de la sostenibilidad:
Dos nuevos borradores para discusión pública que establecen el primer conjunto comprensivo/integral de estándares globales sobre las consideraciones éticas en la presentación de reportes y el aseguramiento de la sostenibilidad.
Los estándares propuestos tienen la intención de fomentar mayor confianza en la información de la sostenibilidad públicamente comunicada, haciéndolo mediante la aplicación de un enfoque ético consistente.
IESBA da la bienvenida a los comentarios provenientes de toda la comunidad de la sostenibilidad – contadores profesionales, todos los otros profesionales en ejercicio de la sostenibilidad, reguladores e inversionistas.
Los dos borradores para discusión pública emitidos son:
(1) International Ethics Standards for Sustainability Assurance ED [Estándares internacionales de ética para el aseguramiento de la sostenibilidad, borrador para discusión pública], que incluye revisiones al Código existente relacionadas con la presentación de reportes de sostenibilidad; y
(2) Using the Work of an External Expert ED [Uso del trabajo de un experto externo, borrador para discusión pública, borrador para discusión pública].
Los IESSA (International Ethics Standards for Sustainability Assurance) introducirán un nuevo código de ética que aplicará a los profesionales de la sostenibilidad, que pueden o no ser contadores profesionales). Los contadores profesionales estarán, en consecuencia, sujetos a DOS CÓDIGOS DE ÉTICA: para lo relacionado con la sostenibilidad, los IESSA, y para lo demás, el Código de IESBA tradicional. ¡Una profesión con dos éticas![2]
Lo más progresista de esta propuesta es la expresión “regardless of their professional backgrounds” (independiente de sus antecedentes profesionales):
Para la presentación de reportes y el aseguramiento de la sostenibilidad NO se necesita ser contador profesional, puede serlo cualquier profesional.
Por el portentoso aparato publicitario con el que IFAC ahora está presentando las nuevas propuestas de las juntas de emisores de estándares que actúan bajo su paraguas, parece que los contadores profesionales afiliados a IFAC están de acuerdo con ello (Cfr. la ‘zanahoria’ del ‘uso del trabajo de un experto externo). ¿Lo están también los otros profesionales? (Cfr. el ‘garrote’: En sostenibilidad esos otros profesionales son ingenieros, abogados, estadísticos, físicos, biólogos, matemáticos, químicos… no van a aceptar ser los expertos externos del aseguramiento que den los contadores profesionales, ya tienen consolidados sus propios sistemas de aseguramiento… tienen sus propios códigos de ética que respaldan su ejercicio profesional, los cuales no van a ser reformados por los cambios hechos a los códigos de ética de los contadores profesionales ni por la introducción del enfoque ético consistente).
La ampliación del target de IESBA:
Antes: los contadores profesionales.
Ahora: los negocios y las organizaciones,
es consecuente con la expresión “¡Independiente de sus antecedentes profesionales!”.
En lugar de hacer atractivo el ejercicio profesional de los contadores deja claro que hay otras profesiones que son más atractivas, sobre todo para los jóvenes que buscan ingresar a ellas.
Todo esto se da en consonancia con las otras actividades de las organizaciones líderes de la profesión contable en el mundo que se toman la vocería de las personas naturales (que, en últimas son las que están reguladas profesionalmente) para que las redes de firmas y las plataformas profesionales puedan hacer cada vez más lucrativos sus negocios.
A manera de resumen
De acuerdo con mi entender, el progresismo contable está avanzando a pasos acelerados, inmerso en estándares nuevos que tienen mucha fuerza promocional y avances técnicos importantes que pasan a un segundo plano por decisiones, contenidas en esos nuevos estándares, que no necesariamente favorecen la prestación de los servicios profesionales de los contadores sino que abre ésta a otros profesionales que, en temas políticos (‘qué es una entidad menos compleja’) y de sostenibilidad (reportes y aseguramiento) tienen mucho más recorrido teórico y práctico que los contadores profesionales.
El progresismo contable está siendo introducido con el mejor estilo progresista: de manera soterrada, a sabiendas de que las mayorías solo leen los titulares publicitarios y cuando reaccionan es tarde porque ya están afianzadas las nuevas prácticas.
Eso se puede ver claramente en tres esfuerzos que, escudados en lo técnico, lo están afianzando. Dos de IAASB (Un nuevo estándar para las auditorías de entidades menos complejas y Propuesto International Standard on Sustainability Assurance 5000) y otro de IESBA (Consideraciones éticas en la presentación de reportes y aseguramiento de la sostenibilidad). En el futuro se esperan más y será importante estar atentos a ellos.
La desmotivación para ingresar a la carrera de contaduría no es generada por la inteligencia artificial y otras tecnologías digitales disruptivas. Es consecuencia del avance del progresismo contable que muchos no reconocen por estar obnubilados por las presentaciones publicitarias. ¡Y se preguntan por qué los jóvenes no quieren estudiar contaduría!
[1] La reciente decisión del gobierno colombiano de que el director de la Junta Central de Contadores no requiera la calidad de contador público (‘No importan los antecedentes profesionales’) va en esta línea progresista. El problema es que, una vez hecho el daño no hay cómo repararlo.
[2] Los colombianos tenemos experiencia con estas cosas: el decreto 0302 de 2015 mantuvo vigente el Código de ética de la ley 43 de 1990, obligando a implementar en consonancia dos códigos de ética: el de IESBA y el de la ley 43. Como el de IESBA no ha sido actualizado en la normativa colombiana y como la Junta Central de Contadores privilegió el de la ley 43, en la práctica el de IESBA se convirtió, en Colombia, en letra muerta. La historia mundial ha mostrado que la ética (cualquiera que sea) es una sola, no se pueden implementar simultáneamente dos éticas. A nivel internacional los contadores profesionales habrán de implementar el Código de IESBA y el de los IESSA, o peor aún, si los IESSA no definen un nuevo código y se van por la vía de estándares de referencia, la ética queda vuelta trizas.